Construnotas La Red Guerrero

Ayuntamiento de Acapulco contradice posición oficial: niega constancia de uso de suelo que emitió en diciembre

El secretario técnico de la Presidencia, Juan José Ayala Villaseñor, desconoció en conferencia el Folio 5248 para Plaza Embarcadero. Contraloría Municipal denunció a Gabriel Jaimes, firmante del documento, por usurpación de funciones mediante el oficio DAOPDU/2467/3025

Por Humberto Díaz de los Santos

Acapulco de Juárez, Gro., 06 de mayo de 2026.- El Ayuntamiento de Acapulco convocó a conferencia de prensa para fijar postura sobre la controversia generada por la colocación de lonas en un caso de presunta invasión a zona de restricción de construcción. Durante el encuentro, la autoridad puso en duda la autenticidad de un documento oficial.

Este martes, el secretario técnico de la Presidencia, Juan José Ayala Villaseñor, negó la autenticidad de la Constancia de Factibilidad de Uso de Suelo Folio 5248, Oficio 01528/2025, expedida para el giro “Cafetería y Venta de Proteínas” en Plaza Embarcadero. En el presídium estuvieron Ayala Villaseñor, la directora de Desarrollo Urbano, Arq. María Leticia Medina Pineda, Lorenzo Giancarlo Hernandez Perez Asesor Jurídico de Desarrollo Urbano.

El documento exhibe sellos de la SDUOP, firmas de la directora Arq. María Leticia Medina Pineda y del jefe de Plano Regulador Arq. Gabriel Jaimes Espinosa, código QR, número de folio y comprobante de pago de derechos con Factura 2501624053, fechada el 15 de diciembre de 2025.

Antecedente legal

La Contraloría Municipal denunció a Gabriel Jaimes Espinosa, mediante el oficio DAOPDU/2467/3025, por firmar como arquitecto sin contar con cédula profesional ni registro como Director Responsable de Obra (DRO). La denuncia señala presunta usurpación de funciones.

Implicaciones jurídicas

Si la autoridad comprueba que el documento carece de autenticidad, existe falsificación de documentos oficiales, delito previsto en el Código Penal del Estado de Guerrero. El Ayuntamiento debe presentar la denuncia penal y el dictamen pericial correspondiente.

Si la autoridad confirma que el documento provino de Desarrollo Urbano, negar su validez en conferencia de prensa constituye un acto contrario al principio de legalidad. La administración no puede desconocer sus propios actos administrativos sin promover previamente un juicio de lesividad.

La Constancia de Factibilidad de Uso de Suelo no autoriza la operación de un negocio. El documento únicamente establece que el giro resulta compatible con la zonificación vigente. La operación requiere Licencia de Funcionamiento y dictámenes complementarios.

Conclusión

La declaración de Ayala Villaseñor, ante representantes de medios de comunicación, obliga a la administración municipal a actuar por la vía legal. El Ayuntamiento debe presentar pruebas de su dicho o sostener el acto administrativo que emitió el 16 de diciembre de 2025.

Cuando la autoridad emite un criterio en diciembre y lo niega en mayo, compromete la certeza jurídica. La certeza jurídica constituye un requisito indispensable para la inversión y el desarrollo urbano ordenado.

Informar también es construir y cambiar la versión oficial segun convenga también es destruir.

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